{"id":85463,"date":"2023-08-21T13:51:00","date_gmt":"2023-08-21T13:51:00","guid":{"rendered":"http:\/\/cordobainforma.info\/index.php\/2023\/08\/21\/un-nuevo-acuerdo-abre-la-grieta-y-pone-mas-presion-sobre-el-piso-de-ganancias-para-trabajadores\/"},"modified":"2023-08-21T13:51:00","modified_gmt":"2023-08-21T13:51:00","slug":"un-nuevo-acuerdo-abre-la-grieta-y-pone-mas-presion-sobre-el-piso-de-ganancias-para-trabajadores","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cordobainforma.info\/index.php\/2023\/08\/21\/un-nuevo-acuerdo-abre-la-grieta-y-pone-mas-presion-sobre-el-piso-de-ganancias-para-trabajadores\/","title":{"rendered":"Un nuevo acuerdo abre la grieta y pone m\u00e1s presi\u00f3n sobre el piso de Ganancias para trabajadores"},"content":{"rendered":"<div class=\"media_block\"><\/div>\n<p>El <a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/economia\/gobierno-anuncio-nuevos-acuerdos-de-precios-y-alivio-fiscal.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">alivio fiscal <\/a>-que s<strong>er\u00e1 retroactivo a enero de 2023 <\/strong>y se acumula con los ya existentes en la Ley 26.176- recae sobre los siguientes rubros:<strong> 21% del salario normal y habitual y 50% de las horas extras de s\u00e1bados y domingos.<\/strong><\/p>\n<p>De esta manera, seg\u00fan estimaciones realizadas<a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/economia\/el-gobierno-anuncio-una-suba-del-piso-de-ganancias-a-700-mil-desde-agosto.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">, los adicionales que quedaron eximidos con el nuevo acuerdo representar\u00e1n entre un 25 y un 35 por ciento de las remuneraciones.<\/a><\/p>\n<p class=\"destacadoNota\"><a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/reperfilar\/de-que-se-trata-el-plan-de-alivio-fiscal-de-la-afip.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">De qu\u00e9 se trata el plan de alivio fiscal de la AFIP<\/a><\/p>\n<p><strong>El convenio, que se aplica con exclusividad a los empleados petroleros,<\/strong> <strong>abre una grieta con el resto de los trabajadores <\/strong>y, en muchos casos, genera dudas sobre la legalidad de su implementaci\u00f3n o aspectos de justicia tributaria.<\/p>\n<h2><strong>Un acuerdo v\u00e1lido<\/strong><\/h2>\n<p>El primero de los aspectos tiene una respuesta simple y r\u00e1pida:<strong> estos acuerdos tienen plena validez<\/strong> y su implementaci\u00f3n, homologada por el Poder Ejecutivo, no implica una afrenta a ninguna norma.<\/p>\n<p>En este caso puntual, incluso, el acta hace referencia a la Ley 26.176, que permite la inclusi\u00f3n dentro de rubros eximidos a los que se establezcan por medio de negociaciones salariales entre gremios y empresarios.<\/p>\n<p>De hecho, <strong>este tipo de \u201clicencias\u201d no es nuevo.<\/strong> Por el contrario, algunos contribuyentes tienen un r\u00e9gimen propio. Los petroleros fueron unos de los pioneros, al eximir algunos conceptos de Ganancias por convenio con el auge de Vaca Muerta.<\/p>\n<p>Las eximiciones tambi\u00e9n pueden implementarse de otro modo. Por ejemplo, en junio la Legislatura neuquina liber\u00f3 del pago del impuesto a los empleados estatales y a los docentes de la provincia.<\/p>\n<p class=\"destacadoNota\"><a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/reperfilar\/impuesto-a-las-ganancias-quienes-deberan-pagarlo.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">Impuesto a las ganancias: qui\u00e9nes deber\u00e1n pagarlo<\/a><\/p>\n<p><strong>En este caso no fue un gremio sino los mismos representantes provinciales los que decidieron liberar de Ganancias a un grupo determinado de trabajadores,<\/strong> pero el esquema fue similar: excluir algunos rubros de la base imponible.<\/p>\n<h2><strong>Un criterio arbitrario de la AFIP<\/strong><\/h2>\n<p><strong>Uno de los aspectos sobre los que no se habla mucho<\/strong> (o casi nada) es sobre la visi\u00f3n y el <strong>accionar de la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) respecto al alcance de los convenios.<\/strong><\/p>\n<p><strong>En el caso petrolero<\/strong>, por caso, el organismo de recaudaci\u00f3n <strong>considera <\/strong>que<strong> no todos los trabajadores<\/strong> son los que<strong> deben gozar del beneficio, sino s\u00f3lo los operativos <\/strong>(o sea, los que \u201csuben al pozo\u201d, seg\u00fan sus propios t\u00e9rminos).<\/p>\n<p>La cuesti\u00f3n es que<strong> no todos los empleados de las empresas petroleras trabajan en la extracci\u00f3n<\/strong>. Existen tambi\u00e9n, por ejemplo, administrativos o de direcci\u00f3n cuyos salarios tambi\u00e9n est\u00e1n regulados por el convenio colectivo.<\/p>\n<p><img alt=\"Impuesto a las Ganancias, el Gobierno oficializ\u00f3 una nueva medida. \" src=\"http:\/\/cordobainforma.info\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/un-nuevo-acuerdo-abre-la-grieta-y-pone-mas-presion-sobre-el-piso-de-ganancias-para-trabajadores.jpg\" loading=\"lazy\"><\/p>\n<p><strong>Desde la perspectiva del fisco, a estos empleados no les corresponde las liberalidades que fija el convenio<\/strong>.<strong> Sin embargo, es una posici\u00f3n claramente objetable <\/strong>desde el punto de vista que las negociaciones nunca son parciales.<\/p>\n<p><strong>Los sindicatos nunca realizan una defensa o un reclamo exclusivamente para un determinado grupo,<\/strong> sino para toda la masa de trabajadores afiliados. Por eso es, al menos desde esta perspectiva, reprochable la actitud del fisco.<\/p>\n<h2><strong>Igualdad, una deuda pendiente<\/strong><\/h2>\n<p>Una de las cuestiones que no pueden saltearse al analizar estos casos es la<strong> justicia en t\u00e9rminos tributarios. <\/strong>Recordemos que la <strong>igualdad es uno de los principios que deben cumplirse para que los impuestos sean justos.<\/strong><\/p>\n<p>Para entender de qu\u00e9 se trata, es necesario explicar el significado de capacidad contributiva, que no es otra cosa que la situaci\u00f3n econ\u00f3mica que tiene cada persona para determinar qui\u00e9n y cu\u00e1nto deber\u00e1 pagar de impuestos.<\/p>\n<p>Este principio establece que,<strong> ante una igualdad patrimonial, de ingresos y de gastos, los contribuyentes deber\u00edan abonar lo mismo.<\/strong> <strong>Si esto no sucede, el impuesto ser\u00eda desigual y se romper\u00eda la idea de justicia tributaria.<\/strong><\/p>\n<p>En parte,<strong> estos convenios, si bien son muy beneficiosos y en muchos casos son necesarios, lo cierto es que rompen con la idea de que, ante una misma capacidad contributiva, se pague lo mismo.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Un petrolero que cobra $1,2 millones podr\u00eda quedar liberado o abonar una peque\u00f1a parte comparado con un empleado de comercio que gana lo mismo.<\/strong> Incluso este \u00faltimo es probable que llegue a abonar a la mayor al\u00edcuota del gravamen.<\/p>\n<p>Si bien cada actividad es distinta y especial,<strong> ser\u00eda bueno que se analice seriamente cu\u00e1l deber\u00eda ser el piso de Ganancias que sea razonable para todas las actividades<\/strong>. Es posible que as\u00ed, y solo as\u00ed, se evite este tipo de diferencias.<\/p>\n<p>*&nbsp;<em>socio de Expansion Holding<\/em><\/p>\n<div class=\"article__tags\">\n<p>En esta Nota<\/p>\n<\/p><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El alivio fiscal -que ser\u00e1 retroactivo a enero de 2023 y se acumula con los ya existentes en la Ley 26.176- recae sobre los siguientes rubros: 21% del salario normal y habitual y 50% de las horas extras de s\u00e1bados y domingos. 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