{"id":1627,"date":"2020-09-29T15:10:00","date_gmt":"2020-09-29T15:10:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/opinion\/jose-luis-ceteri-los-3-obstaculos-que-deben-atravesar-las-pymes.phtml"},"modified":"2020-09-29T15:10:00","modified_gmt":"2020-09-29T15:10:00","slug":"los-3-obstaculos-que-deben-atravesar-las-pymes","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cordobainforma.info\/index.php\/2020\/09\/29\/los-3-obstaculos-que-deben-atravesar-las-pymes\/","title":{"rendered":"Los 3 obst\u00e1culos que deben atravesar las Pymes"},"content":{"rendered":"<p><img src=\"http:\/\/cordobainforma.info\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/los-3-obstaculos-que-deben-atravesar-las-pymes.jpg\"><\/p>\n<div><img src=\"http:\/\/cordobainforma.info\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/los-3-obstaculos-que-deben-atravesar-las-pymes-2.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<aside class=\"relatedPost\">\n<h3>M\u00e1s noticias de Opini\u00f3n<\/h3>\n<\/aside>\n<p>Las Pymes, independientemente de la actividad que desarrollen, tienen que sortear tres obst\u00e1culos para poder continuar con las <strong>persianas abiertas<\/strong>. El primero se refiere a <strong>concretar la venta<\/strong> de sus productos y\/o servicios, en un mercado afectado por el freno de la actividad por la cuarentena eterna. Adicionalmente, la demanda por motivos econ\u00f3micos y psicol\u00f3gicos se encuentra retra\u00edda. Muchas empresas para fabricar un bien necesitan insumos importados que escasean por las restricciones cambiarias. Superada la primera traba, aparece otra dificultas que cosiste en <strong>definir el precio<\/strong>, cuando no se conoce a ciencia cierta el momento en que se podr\u00e1 cobrar la factura. El impedimento lo da la vigencia de un art\u00edculo de la ley de convertibilidad (23.928), del a\u00f1o 1991. Esta norma no permite actualizar los contratos ni las facturas por ning\u00fan \u00edndice de actualizaci\u00f3n, lo que produce que cada empresa <a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/economia\/estiman-que-este-mes-habra-aumento-de-la-inflacion-y-mayor-presion-hacia-fin-de-ano.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">estime la inflaci\u00f3n<\/a> y la potencial <a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/economia\/analistas-estiman-que-la-devaluacion-del-peso-se-acelerara-en-el-segundo-semestre.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">devaluaci\u00f3n<\/a> futura para incorporarlas impl\u00edcitamente dentro el precio final a facturar. Una alternativa es emitir la factura en d\u00f3lares, pero en el momento de cobrar debe confeccionarse un comprobante sobre el ajuste del precio por la conversi\u00f3n del pago a pesos. Sintetizando, los tres problemas son 1) poder vender; 2) definir c\u00f3mo facturar y 3) saber qu\u00e9 hacer en el momento de <strong>cobrar.<\/strong> &nbsp;<\/p>\n<p class=\"destacadoNota\"><strong><a target=\"_self\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/periodismopuro\/martin-redrado-hay-una-grieta-en-la-economia-entre-los-que-piensan-que-todo-es-consumo-y-los-que-creen-que-todo-es-inversion.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">\u00abHay una grieta en la econom\u00eda entre los que piensan que todo es consumo y los que creen que todo es inversi\u00f3n\u00bb<\/a><\/strong><\/p>\n<p>La AFIP permite confeccionar la factura <a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/economia\/con-la-vuelta-del-dolar-ahorro-el-blue-apenas-bajo-y-el-bcra-vendio-reservas.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">en d\u00f3lares<\/a>, para luego cobrarla en esa misma moneda o en pesos al tipo de cambio del momento del efectivo pago, esta forma no es siempre aceptada por el cliente. Otra forma es hacerla en pesos con una estimaci\u00f3n de la inflaci\u00f3n y del valor que tendr\u00e1 el d\u00f3lar en el futuro, para incluir esta \u201cexpectativa\u201d dentro del precio de la operaci\u00f3n. Los que siguen por el segundo camino, contribuyen a que se genere m\u00e1s inflaci\u00f3n en los precios, \u00fanicamente porque no existen reglas claras en su determinaci\u00f3n futura. Esto atomiza la determinaci\u00f3n de los precios de la econom\u00eda, gener\u00e1ndose m\u00e1s inflaci\u00f3n. En d\u00e9cadas pasadas, en las que hubo inflaci\u00f3n, exist\u00eda un mecanismo \u00fanico de actualizaci\u00f3n que se usaba para todas las variables de la econom\u00eda, que era el \u00edndice de precios mayorista (nivel general), que publicaba el <a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.indec.gob.ar\/\" rel=\"noopener noreferrer\">INDEC<\/a>. \u00c9ste era un indicador promedio confiable de la variaci\u00f3n de los precios de todas las <strong>actividades econ\u00f3micas<\/strong>. Pero en marzo de 1991, con la ley de convertibilidad se suspendi\u00f3 la actualizaci\u00f3n de los contratos, impuestos, balances, entre otros.<\/p>\n<p>A partir del nuevo C\u00f3digo Civil y Comercial Unificado, se produjo una modificaci\u00f3n trascendente para los contratos que se celebran en d\u00f3lares. El art\u00edculo 765 indica que si en el momento de constituirse la obligaci\u00f3n se estipula entregar moneda extranjera, la obligaci\u00f3n debe considerarse como de dar cantidades de cosas, y no como suced\u00eda anteriormente que significaba entregar sumas de dinero. De esta forma, a la fecha de vencimiento en el caso en que<strong> el deudor<\/strong> no pudiera entregar los d\u00f3lares convenidos, podr\u00e1 liberarse entregando el equivalente en moneda de curso legal del pa\u00eds; o sea pesos. L\u00f3gicamente, la conversi\u00f3n de la moneda deber\u00e1 realizarse a la cotizaci\u00f3n del billete que tiene en el mercado oficial de cambios. Sin embargo, en sentido contrario, el art\u00edculo siguiente (766) establece que el deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada; o sea, d\u00f3lares.<\/p>\n<p class=\"destacadoNota\"><strong><a target=\"_self\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/opinion\/jose-luis-ceteri-impuestos-argentinos-aporte-de-cada-uno-lo-que-son-y-como-deberian-ser.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">Impuestos argentinos: el aporte de cada uno, lo que son y c\u00f3mo deber\u00edan ser<\/a><\/strong><\/p>\n<p>Actualmente, no existe impedimento de facturar en d\u00f3lares, la AFIP autoriza a hacerlo a trav\u00e9s de la emisi\u00f3n de una factura electr\u00f3nica. Incluso la ley de Convertibilidad (23.928) y la Resoluci\u00f3n 1415 de la AFIP lo habilitan expresamente. El que recibe una factura en d\u00f3lares tiene inconvenientes para poder abonarla, porque si posee los billetes que fueron adquiridos en el mercado oficial de cambios, no puede utilizarlos para pagar ya que, de esta manera, se estar\u00eda violando la <em>Ley Antievasi\u00f3n (25.345)<\/em>, que obliga a <strong>bancarizar<\/strong> los pagos mayores a mil pesos o su equivalente en moneda extranjera.<\/p>\n<p><em><strong>C\u00f3mo influye la inflaci\u00f3n en los impuestos<\/strong><\/em><\/p>\n<p>En <a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/opinion\/jose-luis-ceteri-teoria-del-valor-impuesto-a-las-ganancias.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">el Impuesto al Valor Agregado y en Ingresos Brutos<\/a>, si la factura en d\u00f3lares se abona en pesos en una fecha posterior tomando la cotizaci\u00f3n de la moneda del momento del pago, la diferencia de cambio genera una nueva obligaci\u00f3n fiscal a favor del fisco. En el caso del IVA, seg\u00fan dict\u00e1menes de la AFIP, deber\u00eda emitirse una nota de d\u00e9bito o de cr\u00e9dito por la diferencia total que se produjo por el pago; o sea, incluy\u00e9ndose el propio impuesto de la factura original (dictamen de AFIP: DAT 31\/03). En Ingresos Brutos algunos fallos recientes no exigen la diferencia del tributo, a pesar de que los organismos provinciales la siguen reclamando.<br \/>En Bienes Personales (participaciones societarias) la tenencia y los cr\u00e9ditos en d\u00f3lares, al cierre de ejercicio, deben expresarse al valor de cotizaci\u00f3n, tipo comprador, que pose\u00edan a esa fecha en el <strong>mercado oficial<\/strong>. En <a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/opinion\/jose-luis-ceteri-quienes-pagan-impuestos-en-argentina.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">el Impuesto a las Ganancias<\/a>, todos los resultados obtenidos por las empresas integran la base de c\u00e1lculo del tributo. Los contribuyentes pueden facturar en moneda extranjera anteriormente, a pesar que no hab\u00eda una norma que lo prohibiera, en el momento en que se solicitaba la autorizaci\u00f3n para emitir una <strong>factura electr\u00f3nica<\/strong> la AFIP no emit\u00eda el C\u00f3digo de Autorizaci\u00f3n (CAE); el motivo: la escasez de reservas que hab\u00eda en el Banco Central. &nbsp;<\/p>\n<p class=\"destacadoNota\"><strong><a target=\"_self\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/politica\/eeuu-incluyo-a-tinelli-en-un-reporte-por-operar-con-una-firma-sospechosa.phtml\" rel=\"noopener noreferrer\">Tinelli gir\u00f3 dinero a una empresa en Islas V\u00edrgenes y admiti\u00f3 que entr\u00f3 al blanqueo<\/a><\/strong><\/p>\n<p>Asimismo, en el momento de pagar, hay que considerar que contin\u00faa vigente la Ley Antievasi\u00f3n (25.345), por la que en los pagos mayores a mil pesos (o su equivalente en moneda extranjera), no se permite entregar dinero en efectivo, ya que de esa forma se invalida impositivamente el pago desconociendo el cr\u00e9dito fiscal del IVA y la <strong>deducci\u00f3n del gasto<\/strong> en el Impuesto a las Ganancias. La \u00fanica manera habilitada para pagar es hacerlo con cheques, a trav\u00e9s de transferencias bancarias, por medio de tarjetas corporativas o depositando el efectivo en la cuenta bancaria del proveedor, mecanismos que autoriza esa ley. Si se opta por hacer el dep\u00f3sito bancario, adem\u00e1s, no hay que olvidar de ingresar el pago del impuesto al cheque, impuesto que no se limita \u00fanicamente a los movimientos que realizan los bancos. Adem\u00e1s, todos los <strong>movimientos<\/strong> de billetes que se registren en las declaraciones impositivas deben respaldarse con las liquidaciones por las operaciones realizadas en el mercado oficial de cambios.<\/p>\n<p>Sin dudas todos estos obst\u00e1culos muestran, que no es f\u00e1cil hacer negocios en Argentina.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>M\u00e1s noticias de Opini\u00f3n Las Pymes, independientemente de la actividad que desarrollen, tienen que sortear tres obst\u00e1culos para poder continuar con las persianas abiertas. El primero se refiere a concretar la venta de sus productos y\/o servicios, en un mercado afectado por el freno de la actividad por la cuarentena eterna. 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