{"id":129219,"date":"2024-10-14T05:38:31","date_gmt":"2024-10-14T05:38:31","guid":{"rendered":"https:\/\/somoscordobeses.com\/2024\/10\/14\/el-gobierno-promulgo-la-ley-que-amplia-el-registro-de-datos-geneticos\/"},"modified":"2024-10-14T05:38:31","modified_gmt":"2024-10-14T05:38:31","slug":"el-gobierno-promulgo-la-ley-que-amplia-el-registro-de-datos-geneticos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cordobainforma.info\/index.php\/2024\/10\/14\/el-gobierno-promulgo-la-ley-que-amplia-el-registro-de-datos-geneticos\/","title":{"rendered":"El Gobierno promulg\u00f3 la ley que ampl\u00eda el Registro de Datos Gen\u00e9ticos"},"content":{"rendered":"<p>El Gobierno promulg\u00f3 este lunes la <strong>ley 27.759<\/strong>, aprobada a mediados de agosto en Diputados y a fines de septiembre en el Senado, que <strong>ampl\u00eda el Registro Nacional de Datos Gen\u00e9ticos<\/strong>, extendiendo el que actualmente funciona s\u00f3lo para delitos de car\u00e1cter sexual a todos los dem\u00e1s.<\/p>\n<p>Se trata, espec\u00edficamente, de una modificaci\u00f3n a la ley 26. 879, que cre\u00f3 el Registro de Datos Gen\u00e9ticos en 2013. Hasta el momento, solo conten\u00eda los perfiles gen\u00e9ticos de los responsables de delitos sexuales con condena, pero <strong>ahora se podr\u00e1 obtener muestras de cualquier imputado mayor de 18 a\u00f1os<\/strong>, sin necesidad de que est\u00e9 condenado.<\/p>\n<p>La promulgaci\u00f3n se cristaliz\u00f3 a trav\u00e9s del <strong>decreto 899\/2024<\/strong>, publicado en la \u00faltima edici\u00f3n del Bolet\u00edn Oficial con la firma de Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano C\u00faneo Libarona.<\/p>\n<p>De acuerdo con la flamante normativa, el Registro Nacional abordar\u00e1 los datos vinculados con \u201cla <strong>investigaci\u00f3n criminal<\/strong> sobre la base de los<strong> perfiles gen\u00e9ticos de un an\u00e1lisis de \u00e1cido desoxirribonucleico (ADN)<\/strong> en las circunstancias y bajo las modalidades establecidas en la presente ley\u201d.<\/p>\n<p>El mismo art\u00edculo 1\u00b0 establece que el registro \u201ccontar\u00e1 con una base de datos de perfiles gen\u00e9ticos y una base de datos filiatorios, no relacionadas entre s\u00ed\u201d y que \u201cfuncionar\u00e1 para las investigaciones en el fuero federal y nacional, y las provincias y la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires podr\u00e1n firmar convenios con el registro con el fin de que sus poderes judiciales y ministerios p\u00fablicos puedan utilizar sus servicios\u201d.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 2\u00b0, en tanto, especifica que el registro<strong> funcionar\u00e1 en el \u00e1mbito del Ministerio de Justicia<\/strong>, mientras que el 3\u00b0 establece los objetivos. Se\u00f1ala, en primera instancia, que deber\u00e1 \u201c<strong>contribuir al esclarecimiento de los hecho<\/strong>s que sean objeto de una investigaci\u00f3n judicial<strong>,<\/strong> particularmente en lo relativo a la<strong> individualizaci\u00f3n de los presuntos autores<\/strong>, as\u00ed como a la desvinculaci\u00f3n de personas ajenas al delito, mediante la comparaci\u00f3n de perfiles gen\u00e9ticos provenientes de laboratorios debidamente acreditados conforme las prescripciones de la presente ley\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n tendr\u00e1 la tarea de \u201cidentificar y favorecer la determinaci\u00f3n del<strong> paradero de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas<\/strong>\u201d y \u201cdiscriminar las huellas de todo personal que interviene directamente en la escena del hecho delictivo\u201d.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 4\u00b0, bastante m\u00e1s amplio que el original, indica que \u201cel registro almacenar\u00e1 y sistematizar\u00e1 perfiles gen\u00e9ticos asociados a la evidencia que hubiere sido obtenida en el curso de una investigaci\u00f3n judicial y que no se encontraren vinculados con una persona ya identificada judicialmente como imputada\u201d.<\/p>\n<p>Har\u00e1 lo mismo tambi\u00e9n con \u201cperfiles gen\u00e9ticos de las<strong> v\u00edctimas de un delito obtenidos en la escena del crimen<\/strong>, por medio de una investigaci\u00f3n judicial\u00bb, <strong>siempre que esa persona \u00abhubiera dado su consentimiento expreso<\/strong>\u201d y aclara que \u201clos perfiles gen\u00e9ticos podr\u00e1n ser retirados del registro a pedido de la v\u00edctima, en cualquier momento\u201d.<\/p>\n<p>En esa l\u00ednea, trabajar\u00e1 con los \u201c<strong>perfiles gen\u00e9ticos de cad\u00e1veres o restos humanos no identificados<\/strong>, o material biol\u00f3gico presumiblemente procedente de personas extraviadas\u201d y con \u201cperfiles gen\u00e9ticos de personas que, teniendo un familiar desaparecido o extraviado, acepten aportar voluntariamente una muestra biol\u00f3gica que pueda resultar de utilidad para la identificaci\u00f3n gen\u00e9tica de la persona en b\u00fasqueda\u201d.<\/p>\n<p>Procesar\u00e1, adem\u00e1s, \u201cperfiles gen\u00e9ticos de una persona mayor de edad imputada, procesada o sobre la que recayese resoluci\u00f3n judicial equivalente, o condenada en un proceso judicial o huellas que se encontraren asociadas con su identificaci\u00f3n, as\u00ed como los perfiles de quienes no fueron condenados por mediar una causa de inimputabilidad penal\u201d.<\/p>\n<p>\u201cA los fines de esta ley <strong>se considerar\u00e1 persona imputada desde el primer llamado efectuado <\/strong>con el objeto de recibirle declaraci\u00f3n indagatoria o equivalente\u201d, especifica la ley.<\/p>\n<p>Luego, el texto aclara que \u201cen el caso de los menores de edad, sus perfiles gen\u00e9ticos solo podr\u00e1n ser incorporados si fueron declarados penalmente responsables por la comisi\u00f3n de un delito\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLos datos ser\u00e1n removidos cuando la persona imputada, procesada o condenada sea desvinculada de la investigaci\u00f3n a trav\u00e9s de una resoluci\u00f3n judicial que adquiera certeza de cosa juzgada, o cuando no se haya resuelto la situaci\u00f3n procesal y la etapa de investigaci\u00f3n se extienda por m\u00e1s de tres (3) a\u00f1os\u201d, estableci\u00f3.<\/p>\n<p>El registro tambi\u00e9n almacenar\u00e1 y sistematizar\u00e1 \u201c<strong>perfiles gen\u00e9ticos del personal perteneciente a las fuerzas policiales y de seguridad federales, funcionarios y empleados del Poder Judicial <\/strong>que intervengan en las investigaciones criminales\u201d y los de \u201ctoda persona mayor de edad que voluntariamente manifieste su deseo de incorporar su perfil gen\u00e9tico al registro\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLos perfiles gen\u00e9ticos de v\u00edctimas de delitos o de familiares de personas desaparecidas o extraviadas no podr\u00e1n ser utilizados como muestra para el esclarecimiento de un hecho delictivo, excepto que los aportantes lo consientan expresamente\u201d, se aclara.<\/p>\n<p>Por otra parte, la modificaci\u00f3n del art\u00edculo 7\u00b0 indica que el Registro \u201ccontar\u00e1 con <strong>una secci\u00f3n especial<\/strong> destinada a autores de delitos no individualizados, en la que constar\u00e1 la informaci\u00f3n gen\u00e9tica identificada en las v\u00edctimas y toda evidencia biol\u00f3gica obtenida en el curso de una investigaci\u00f3n judicial que presumiblemente correspondiera al autor\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLa informaci\u00f3n contenida en el registro tendr\u00e1 car\u00e1cter de dato sensible, reservado, y solo ser\u00e1 suministrada a las autoridades judiciales o del Ministerio P\u00fablico, en el marco de una causa judicial determinada. En ning\u00fan caso podr\u00e1 solicitarse o consultarse la informaci\u00f3n contenida en el registro para otros fines distintos a los establecidos en la presente ley\u201d, manifiesta el nuevo art\u00edculo 8\u00b0.<\/p>\n<p>Con modificaciones de \u00faltimo momento, Diputados aprob\u00f3 con 146 votos a favor, 87 contra y 7 abstenciones la ampliaci\u00f3n del Registro de Datos Gen\u00e9ticos, un proyecto enviado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich,<\/p>\n<p>Con el apoyo del oficialismo y los denominados bloques dialoguistas, el Senado se expidi\u00f3 en la misma direcci\u00f3n con 39 votos a favor y 20 abstenciones que correspondieron al bloque de Uni\u00f3n por la Patria (UxP).<\/p>\n<p><em>ES<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno promulg\u00f3 este lunes la ley 27.759, aprobada a mediados de agosto en Diputados y a fines de septiembre en el Senado, que ampl\u00eda el Registro Nacional de Datos Gen\u00e9ticos, extendiendo el que actualmente funciona s\u00f3lo para delitos de car\u00e1cter sexual a todos los dem\u00e1s. 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