La Dirección General de Tráfico prohíbe conducir con un abrigo voluminoso. El importe es de 200 euros por impedir movimientos coordinados y no ajustarte bien el cinturón de seguridad por llevar este tipo de prendas.

Pero no hablamos solo de los abrigos, si no de cualquier tipo de prenda que impida el correcto uso del volante, como pueden ser los guantes. Esta nueva normativa se refleja en los datos ofrecidos por las regiones donde el frío es protagonista.

Uno de cada cinco conductores afirma que lleva el abrigo puesto durante la práctica de la conducción. Además, el 88% de la población opina que su manera de vestir sí es adecuada para ir al volante por lo que, para muchos especialistas, no tienen constancia de lo peligroso que puede ser de cara a un posible accidente.

En el Reglamento General de Circulación, ya se incluye un apartado: «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».

Esta práctica ilegal se une a la ya mencionada de la suciedad en el vehículo, un motivo por el que también los conductores podrán ser sancionados con una multa que rondará los 200 euros.