La pandemia ha llevado a buena parte de la población al límite de la subsistencia, con la pérdida de decenas de miles de puestos de trabajo y vastos sectores de los sectores de economía informal directamente jaqueados por la cuarentena. En ese marco, se conoció en las últimas horas que una inmigrante venezolana podrá inscribirse para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) pese a no tener DNI argentino, ya que la Justicia entendió que su situación es «de extrema vulnerabilidad social».

La mujer, patrocinada por la Defensoría General de la Nación (DGN), logró que la titular del Juzgado Federal de la Seguridad Social número 1, Karina Alonso Candis, aceptara el amparo presentado para que, a pesar de no reunir los requisitos establecidos, el Estado le permita inscribirse para recibir esa ayuda económica para las personas que no pueden salir a realizar sus trabajos informales por el aislamiento ante la pandemia de coronavirus.

Según el fallo judicial, la situación de la venezolana es «de extrema vulnerabilidad social, debido a su condición de migrante, de encontrarse sola en el país con un hijo de tres años a cargo e imposibilitada de realizar sus tareas habituales de vendedora ambulante a causa del aislamiento preventivo, social y obligatorio».

Anses IFE: conocé las nuevas condiciones para acceder al ingreso familiar de emergencia

Asimismo, advirtió que la mujer fue víctima de violencia de género por parte del padre de su hijo. Teniendo en cuenta esa situación, y considerando los objetivos del decreto de creación de la ayuda económica social reclamada, la jueza federal Alonso Candis decidió que el Estado deberá pagarle el IFE aún sin que la mujer cuente con el requisito de dos años como mínimo de residencia en el país, ni con el DNI para acceder a la solicitud de la ayuda económica.

«De aplicarse taxativamente el requisito del tiempo requerido de residencia mínima en el país implicaría someter a quien reclama a una situación de una mayor aún vulnerabilidad social y fragilidad de su pequeño núcleo familiar en la Argentina», señaló la magistrada en su fallo.

En consecuencia, la sentencia obliga a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a que «en el plazo de diez días verifique el cumplimiento de los restantes requisitos exigidos por la normativa que instituyó el IFE y su reglamentación, incluyendo la evaluación socioeconómica y patrimonial que realiza la AFIP y para el caso de no poder realizarla por falta de documento nacional de identidad de la actora, deberá requerirle a la misma que declare bajo juramento en esta causa, los extremos que la Administración debe verificar».

Así, en caso de que la mujer cumpla con los demás requisitos, «Anses deberá otorgar a la actora este Ingreso Familiar de Emergencia, en forma retroactiva a la primera oportunidad de su otorgamiento», manifestó el fallo judicial.

NA/HB