
La Audiencia provincial de Córdoba ha absuelto a un acusado de incendiar la casa de su vecino, localizada en la barriada de Majaneque, en octubre del año 2020, durante el confinamiento motivado por la pandemia de covid. En su sentencia, la sección tercera afirma que «no resulta acreditado el origen intencional del referido incendio, ni que el acusado hubiera tenido participación alguna».
La fiscal había reclamado 12 años y medio de prisión para el procesado por, supuestamente, originar un fuego que acabó extendiéndose al interior de la vivienda y provocar quemaduras de primer y segundo grado a uno de sus moradores. También solicitó que indemnizara al propietario del inmueble en 8.362 euros por los daños materiales sufridos y a su hijo en 980 euros por las lesiones, y en 1.900 euros por las secuelas.
Sin embargo, la propia acusación particular, ejercida por el perjudicado, desistió de la acción penal al terminar el juicio por entender que existía falta de prueba. Se reservó el ejercicio de la acción civil para el caso de que esta persona fuese hallada responsable de los hechos, con objeto de reclamar los daños. La defensa, que fue representada por el abogado Francisco García-Calabrés, solicitó la libre absolución del encartado.
Amenazó con prender fuego a los vehículos
El tribunal considera probado que, pasada la medianoche del 30 de octubre de 2020, el acusado se hallaba en estado de embriaguez en el domicilio familiar, en Majaneque, donde tuvo una discusión con sus familiares. «Tras decirles que iba a prender fuego a los vehículos de sus vecinos, abandonó el domicilio cogiendo un pequeño cartón al que prendió fuego y lo lanzó junto al coche de su padre, siendo el fuego sofocado por este y su tío».
Continuó su marcha y pasó caminando junto a la vivienda afectada posteriormente por el incendio, «la cual traspasó, siguiendo su camino para dirigirse a casa de un amigo, portando en sus manos una bolsa y una maleta». Poco después, se originó en el porche exterior un incendio que calcinó una motocicleta, se extendió a unos sofás y, tras esto, a la cortina del salón de la casa, entrando al interior.
Los moradores estaban dormidos. El propietario se despertó por los ruidos, salió al salón y, después de intentar apagar el fuego sin éxito, echó a correr para avisar a su hijo. Ambos lograron salir de la casa. No obstante, el hijo sufrió diversas quemaduras de primer y segundo grado en el brazo y el pie derechos. Al salir de la casa, pidieron ayuda a los vecinos, que intentaron apagar el fuego hasta la llegada de la Policía y del Servicio de Protección y Extinción de Incendios (SPEIS).
Dudas sobre los informes de Policía y de una perito
El tribunal cuestiona tanto las conclusiones de la Policía Científica acerca del origen del fuego como la valoración efectuada por una perito de la defensa. También cuestiona el acceso a la energía eléctrica en la vivienda afectada, ya que su consumo de luz fue cero durante todo un año, pese a vivir allí tres personas y a contar con electrodomésticos. «Resulta, cuanto menos, extraño que el consumo durante todo un año pueda ser de 0 Kwh», afirma.
Entre otras ideas, la sentencia destaca que en días posteriores al incendio aparecieron unas pintadas vandálicas en la vivienda y que el dueño reconoció a un testigo, el mismo día del fuego, que había discutido con dos chicos del barrio. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.








